Finalidad del Blog

Creemos firmemente en que los conocimientos no sólo se imparten, sino que también son creados y realimentados desde la experiencia personal y grupal. Es así que se propone este blog para la discusión, ampliación y profundización de los temas impartidos en el aula. De esta manera en este sitio encontrarás definiciones, ejercicios, preguntas, respuestas y todo lo que atañe al programa de nuestras materias contables.También se publicarán aportes, trabajos y curiosidades que si bien no son estrictamente de la materia, creemos que aportan al conocimiento general.Gracias a todos por los aportes que seguramente nos harán llegar.

ADELANTE. Te invitamos también a colaborar con la construcción de este espacio, planteando tus dudas o respondiendo también a las cuestiones planteadas por otros compañeros.


martes, 9 de agosto de 2011


Principios que fija la Constitución para los tributos



•Potestad tributaria: Es la facultad jurídica del Estado de exigir contribuciones respecto de las personas o bienes que se hallan en su jurisdicción. La potestad tributaria deriva del “poder de imperio” que tiene el Estado y que lo ejerce en el ámbito de su jurisdicción por medio de los tres poderes que forman su gobierno: legislativo, ejecutivo y judicial.

La potestad o poder tributario no es absoluta y total, sino que tiene limitaciones de orden política y constitucional. Las primeras derivan de la forma de organización política propia de cada Estado. Las segundas devienen del encuadramiento dentro de los lineamientos que cada Constitución Nacional fija, del seguimiento y respeto de las disposiciones vigentes en cada país.



Principio: LEGALIDAD

¿En qué consiste?

Es el principio que con mayor insistencia señala nuestra Constitución Nacional así como la doctrina. Para su imposición un tributo debe estar:

• creado por ley

• seguir los requisitos formales de una ley

• emanar del órgano competente

Para leyes impositivas la cámara de origen o iniciadora es la de Diputados (representantes directos del pueblo). La ley debe definir el hecho imponible y sus elementos: sujeto, objeto, base imponible, alícuota, etc.

Fuente normativa

Artículo 19 de la Constitución Nacional:

“Las acciones privadas de los hombres que de ningún modo ofendan al orden y a la moral pública, ni perjudiquen a un tercero, están sólo reservadas a Dios, y exentas de la autoridad de los magistrados. Ningún habitante de la Nación será obligado a hacer lo que no manda la ley, ni privado de lo que ella no prohíbe.”

Artículo 52 de la Constitución Nacional:

“A la Cámara de Diputados corresponde exclusivamente la iniciativa de las leyes sobre contribuciones y reclutamiento de tropas.”

También este principio se encuentra en los artículos 4, 14, 17, 67, 75 inciso 2 de la Constitución Nacional.



Principio: IGUALDAD

¿En qué consiste?

La igualdad es la base del impuesto. No es una igualdad numérica sino igualdad para los semejantes. Se trata de asegurar el mismo tratamiento para quienes se encuentran en análogas situaciones.

Es igualdad por rangos de igual capacidad contributiva (que se exterioriza por el patrimonio, la renta o el gasto).

Permite la formación de distingos o categorías, siempre que éstas sean razonables, no arbitrarias, ni injustas, ni hostiles contra determinadas personas.

Fuente normativa

Artículo 16 de la Constitución Nacional:

“La Nación Argentina no admite prerrogativas de sangre, ni de nacimiento: no hay en ella fueros personales ni títulos de nobleza. Todos sus habitantes son iguales ante la ley, y admisibles en los empleos sin otra condición que la idoneidad. La igualdad es la base del impuesto y de las cargas públicas.”



Principio: GENERALIDAD

¿En qué consiste?

Este principio está vinculado con el de igualdad. Los tributos deben abarcar íntegramente a las distintas categorías de personas o bienes y no a una parte de ellas.

Un sistema tributario debe abarcar íntegramente las distintas exteriorizaciones de la capacidad contributiva.

Fuente normativa

Artículo 16 de la Constitución Nacional:

“... Todos sus habitantes son iguales ante la ley ... La igualdad es la base del impuesto y de las cargas públicas.”



Principio: PROPORCIONALIDAD

¿En qué consiste?

Este principio establece que el tributo debe ser proporcional al capital, a la renta y al consumo; siendo razonable exigir que paguen más los que tienen más renta o mayor patrimonio, respetando los principios de capacidad contributiva.

Fuente normativa

Artículo 4 de la Constitución Nacional:

“El Gobierno federal provee a los gastos de la Nación con los fondos del Tesoro nacional formado del producto de derechos de importación y exportación, de la venta o locación de tierras de propiedad nacional, del de la renta de Correos, de las demás contribuciones que equitativa y proporcionalmente a la población imponga el Congreso General...”

Artículo 75 inciso 2 de la Constitución Nacional:

“Corresponde al Congreso: Imponer contribuciones indirectas como facultad concurrente con las provincias. Imponer contribuciones directas, por tiempo determinado, proporcionalmente iguales en todo el territorio de la Nación, siempre que la defensa, seguridad común y bien general del Estado lo exijan...”



Principio: NO CONFISCATORIEDAD

¿En qué consiste?

La Constitución Nacional menciona en forma indirecta este principio, al referirse a la propiedad privada.

Los tributos no pueden absorber una parte sustancial de la propiedad o de su renta.

Fuente normativa

Artículo 17 de la Constitución Nacional:

“La propiedad es inviolable, y ningún habitante de la Nación puede ser privado de ella, sino en virtud de sentencia fundada en ley. La expropiación por causa de utilidad pública, debe ser calificada por ley y previamente indemnizada. Sólo el Congreso impone las contribuciones que se expresan en el artículo 4°. Ningún servicio personal es exigible, sino en virtud de ley o de sentencia fundada en ley. Todo autor o inventor es propietario exclusivo de su obra, invento o descubrimiento, por el término que le acuerde la ley. La confiscación de bienes queda borrada para siempre del Código Penal Argentino...”

Artículo 14 de la Constitución Nacional:

“Todos los habitantes de la Nación gozan de los siguientes derechos conforme a las leyes que reglamenten su ejercicio, a saber: de trabajar y ejercer toda industria lícita; de navegar y comerciar; de peticionar a las autoridades; de entrar, permanecer, transitar y salir del territorio argentino; de publicar sus ideas por la prensa sin censura previa; de usar y disponer de su propiedad; de asociarse con fines útiles; de profesar libremente su culto; de enseñar y aprender.”



Principio: RETROACTIVIDAD

¿En qué consiste?

Este principio tiene sus bases en el Código Civil. El Congreso puede sancionar leyes tributarias retroactivas, siempre que no se afecte la garantía constitucional sobre propiedad privada.

La retroactividad es un principio criticable en cualquier materia. Existe consenso doctrinario respecto de que hay que respetar las reglas de juego y precisamente para ello es necesario que se conozcan con anterioridad.

La ley siempre debería ser preexistente a los hechos sobre los cuales se va a aplicar.

Fuente normativa

Artículo 3 del Código Civil:

“A partir de su entrada en vigencia las leyes se aplicarán aún a las consecuencias de las relaciones y situaciones jurídicas existentes. No tienen efecto retroactivo, sean o no de orden público, salvo disposición en contrario...”

Artículo 17 de la Constitución Nacional:

“La propiedad es inviolable, y ningún habitante de la Nación puede ser privado de ella, sino en virtud de sentencia fundada en ley...”

Artículo 18 de la Constitución Nacional:

“Ningún habitante de la Nación puede ser penado sin juicio previo fundado en ley anterior al hecho del proceso...”



Principio: EQUIDAD

¿En qué consiste?

El principio de la equidad se refiere a que debe ser equitativo el monto del impuesto en sí y la oportunidad en que se lo aplique. Articula y sintetiza a todos los demás principios constitucionales. Un tributo es justo cuando considera las garantías de: legalidad, igualdad, generalidad, proporcionalidad, no confiscatoriedad e irretroactividad.

Fuente normativa

Preámbulo de la Constitución Nacional:

“Nos, los representantes del pueblo de la Nación Argentina (...) con el objeto de constituir la unión nacional, afianzar la justicia, consolidar la paz interior, proveer a la defensa común, promover el bienestar general, y asegurar los beneficios de la libertad, para nosotros, para nuestra posteridad (...)”

Artículo 4 de la Constitución Nacional:

“El Gobierno federal provee a los gastos de la Nación con los fondos del Tesoro nacional formado del producto de derechos de importación y exportación, del de la venta o locación de tierras de propiedad nacional, de la renta de Correos, de las demás contribuciones que equitativa y proporcionalmente a la población imponga el Congreso General, y de los empréstitos y operaciones de crédito que decrete el mismo Congreso para urgencias de la Nación, o para empresas de utilidad nacional”.

Artículo 75 (varios incisos) de la Constitución Nacional:

“Corresponde al Congreso:

1. Legislar en materia aduanera. Establecer los derechos de importación y exportación….

2. Imponer contribuciones indirectas como facultad concurrente con las provincias. Imponer contribuciones directas, por tiempo determinado, proporcionalmente iguales en todo el territorio de la Nación, siempre que la defensa, seguridad común y bien general del Estado lo exijan…

…La distribución entre la Nación, las provincias y la ciudad de Buenos Aires y entre éstas, se efectuará en relación directa a las competencias, servicios y funciones de cada una de ellas contemplando criterios objetivos de reparto; será equitativa, solidaria y dará prioridad al logro de un grado equivalente de desarrollo, calidad de vida e igualdad de oportunidades en todo el territorio nacional. (...)

8. Fijar anualmente, conforme a las pautas establecidas en el tercer párrafo del inciso 2 de este artículo, el presupuesto general de gastos y cálculo de recursos de la administración nacional, en base al programa general de gobierno y al plan de inversiones públicas y aprobar o desechar la cuenta de inversión.

9. Acordar subsidios del Tesoro nacional a las provincias, cuyas rentas no alcancen, según sus presupuestos, a cubrir sus gastos ordinarios...”

Este principio se encuentra también en los artículos 14, 16, 23 y 28 de la Constitución Nacional.







Sistemas tributarios progresivos y regresivos

Se considera que un tributo es de tipo progresivo cuando permite avanzar sobre el criterio de equidad. El impuesto a las ganancias es el caso paradigmático de impuesto progresivo: el contribuyente que tiene un nivel de ingresos superior a un mínimo estipulado, aporta un porcentaje sobre el monto que resulta de la diferencia entre sus ingresos y sus gastos. Por esto, aportan más quienes más ganan. “El impuesto a las ganancias constituye la base de la recaudación en los países con sistemas tributarios más avanzados” .3

Por el contrario, un tributo es regresivo cuando se distribuye en toda la sociedad de modo uniforme, afectando más la situación particular de quienes están en situaciones económicas desfavorables. El IVA es el ejemplo clásico de un impuesto regresivo, ya que grava la venta de bienes y la prestación de servicios: Todos los que consumimos, pagamos IVA con relación al monto consumido. Quienes tienen un mayor poder adquisitivo, consumirán más, pero también tienen posibilidad de ahorro. El consumo está gravado, el ahorro no. Por eso, quienes menos tienen y lo gastan todo en el consumo, aportan impuestos permanentemente. Por el contrario, quienes tienen posibilidad de ahorrar, aportan sólo sobre lo que consumen, no sobre el resto.

lunes, 8 de agosto de 2011

ESTADOS CONTABLES

"La contabilidad es un sistema de información". La misma, por medio de registros especiales informa sobre la situación patrimonial, económica y financiera de un ente.

Como toda información, la contabilidad también está destinada a que sus usuarios puedan basar en ella sus decisiones. Estos usuarios pueden ser internos o externos, pero todos en mayor o menor medida estarán interesados en la marcha de la empresa, y según la relación que cada uno tenga respecto de la mencionada sociedad, es la necesidad de información que tendrán sobre la misma.

Podríamos mencionar como usuarios internos a los Gerentes de área, Directores, Empleados.

Como usuarios externos encontramos a:
1. Socios / Accionistas presentes y futuros.
2. Inversores.
3. Bancos y entidades crediticias.
4. Proveedores.
5. Clientes.
6. Organismos de Contralor (IGJ)
7. Órganos de recaudación impositiva (AFIP, Rentas).

ACTIVIDAD: para cada usuario (interno y externo) ejemplificar con algún tipo de decisión de podría necesitar tomar respecto de una empresa.

En la presentación siguiente se exponen los requisitos con que debe cumplir la información en general y la información contable en particular de modo de resultar útil para la toma de decisiones por parte de los usuarios antes mencionados. Para acceder a la presentación hacé click aquí.

viernes, 6 de mayo de 2011

PRACTICA EMPRESARIAL I - EJERCICIO 2


Ejercicio 2: Realizar las registraciones en el Libro Diario, Libro Mayor y en la Planilla de Pre-Balance (planilla de 8 columnas).
 

1.       01/06 Inventario Inicial: se comienza la actividad comercial con el siguiente detalle: $ 48.000,00 efectivo; $ 126.000,00 de un local comercial; y $ 10.900 de deudas sin documentar a favor de terceros que no son por compra de mercaderías.

2.       06/06 Apertura de una cuenta corriente en el Banco Galicia, en la que depositamos el 60% del efectivo del punto 1.

3.       09/06 Factura A original por 900 unidades de artículos para la venta a $ 82,00 c/u. Forma de pago: 80% con cheques diferidos de la cuenta corriente del Banco Galicia a vencer dentro de 70 días al que nos agregaron un interés del 11% semestral y el resto en cuenta corriente comercial.

4.       14/06 Factura C original por artículos de librería para la oficina por $ 850,00. Forma de pago: en efectivo.

5.       17/06 Factura A duplicado por 280 unidades de artículos para la venta a $ 148,00 c/u. Forma de cobro: 80% con cheques comunes de terceros por lo que otorgamos una rebaja del 12% y el resto en cuenta corriente comercial.

6.       21/06 Factura A duplicado por 430 unidades de artículos para la venta a $ 148,00 c/u. Forma de cobro: recibimos un pagaré a cobrar dentro de 45 días al que le agregamos un interés del 1,90% mensual.

7.       23/06 Recibo original por el 50% de las deudas del punto 1. Forma de pago: endosamos parte de los cheques recibidos en el punto 5.

8.       27/06 Factura A duplicado por 150 unidades de artículos para la venta a $ 148,00 c/u. Forma de cobro: 35% en cuenta corriente comercial y el resto en efectivo por lo que otorgamos una rebaja del 15%.

9.       27/06 Factura A original por 400 unidades de artículos para la venta a $ 82,00 c/u. Forma de pago: 60% en efectivo por lo que nos otorgan una rebaja del 10% y el resto en cuenta corriente comercial.

10.   30/06 Preparar y registrar la posición fiscal del I.V.A.

PRACTICA EMPRESARIAL I - EJERCICIO 1

Ejercicio 1: Realizar las registraciones en el Libro Diario, Libro Mayor y en la Planilla de Pre-Balance (planilla de 8 columnas).

1.       01/02 Inventario Inicial: se comienza la actividad comercial con el siguiente detalle: $ 35.000,00 efectivo; $ 20.000,00 cheques comunes de terceros; y sillas y escritorios para el negocio $ 6.500,00.

2.       03/02 Factura A original por 1.300 unidades de artículos para la venta a $ 30,00 c/u. Forma de pago: 20% efectivo y el resto en cuenta corriente comercial.

3.       04/02 Apertura de una cuenta corriente en el Banco Ciudad, en la que depositamos el 40% de los cheques comunes que tenemos en cartera (ver punto 1).

4.       07/02 Recibo original por el pago del alquiler del local, mes de Febrero por $ 3.500,00. Forma de pago: cheque común propio del Banco Ciudad.

5.       11/02 Factura A duplicado por 460 unidades de artículos para la venta a $ 55,00 c/u. Forma de cobro: 40% en cuenta corriente comercial y el resto con cheques diferidos a 75 días al que le agregamos un interés del 3,60% bimestral.

6.       15/02 Factura A original por un par de aires acondicionados de $ 4.600 c/u. Forma de pago: en efectivo por lo que nos realizan una rebaja del 10%.

7.       18/02 Factura A duplicado por 520 unidades de artículos para la venta a $ 55,00 c/u. Forma de cobro: 70% en efectivo por lo que otorgamos una rebaja del 10% y el resto en cuenta corriente comercial.

8.       22/02 Recibo original por los gastos de telefonía celular del mes por $ 410,00. Forma de pago: en efectivo.

9.       25/02 Factura A original por 700 unidades de artículos para la venta a $ 30,00 c/u. Forma de pago: firmamos un pagaré a vencer dentro de 55 días por el que nos agregan un interés del 6,40% trimestral.

10.   28/02 Preparar y registrar la posición fiscal del I.V.A.

martes, 19 de abril de 2011

UNIDAD 1 IMPUESTOS 2011 - VALORES Y CIUDADANIA

¿Cuál es la relación entre la puesta en práctica de los valores socialmente compartidos y la función pública del Estado?

Nos proponemos reflexionar sobre los valores necesarios y deseables para desarrollar prácticas que propicien la convivencia y el crecimiento como sociedad en democracia, tales como la igualdad, el diálogo, el pluralismo, el respeto mutuo, la consideración racional para resolver los problemas, etc.

Adherimos al enfoque según el cual el núcleo de valores considerados válidos y compartidos socialmente es producto de un largo proceso de reflexión y acción que se dio a lo largo de nuestra historia. Algunos de estos valores están expresados en nuestra Constitución Nacional y también en sucesivas declaraciones de Derechos Humanos e incluso en Constituciones Provinciales.

El artículo 4 de nuestra Constitución Nacional, dice:

”El Gobierno federal provee a los gastos de la Nación con los fondos del Tesoro nacional, formado del producto de derechos de importación y exportación,

de la venta o locación de tierras de propiedad nacional, de la renta de Correos, de las demás contribuciones que equitativamente y proporcionalmente a la población imponga el Congreso General, y de los empréstitos y operaciones de crédito que decrete el mismo Congreso para urgencias de la Nación, o para empresas de utilidad nacional.”

Si, tal como lo anuncia este artículo, las contribuciones deben ser equitativas y proporcionales… ¿Deberíamos consensuar como ciudadanos que quienes mayores ingresos tienen deben ser solidarios, a través del impuesto, con aquellos que menos tienen? ¿Este valor lo deberíamos sostener como sociedad para mejorar nuestra conducta tributaria?

Estamos insertos en una red social, y esta red, que es nuestro país, nuestra comunidad, nuestro barrio supone conocer, aceptar y poner en práctica ciertas normas sociales que hacen posible la convivencia.

A diario nos encontramos ante situaciones problemáticas o conflictivas sobre las cuales debemos tomar una decisión.

Entonces se nos presenta un dilema: ¿Qué sucede cuando se enfrentan los intereses individuales con los colectivos? ¿Cuáles privilegiamos? ¿Por qué?



Siempre que explicitamos un valor o adherimos a él, generamos en los otros una ilusión de comportamiento futuro. Así, nuestro obrar, las decisiones que tomamos, suelen ser juzgadas en virtud de los efectos que guardan con el valor que habíamos enunciado.

Las acciones que realizamos tienen que ser coherentes con los valores que sostenemos. Cuando ello no sucede, nuestra identidad y las relaciones que entablamos con los otros, se ven afectadas. Asumir la libertad implica encontrar el camino posible que nos permita ser coherente con lo que pensamos y ser responsables de las alternativas que elegimos.

Los valores son preferencias concientes o inconcientes que guían nuestras acciones.





Una de las características de los valores es su polaridad:



A cada valor le corresponde un disvalor:

Lindo / feo;

Honesto / deshonesto;

Leal / desleal;

Justo / injusto, etc.



Frente a las alternativas que reclaman una decisión, debemos emitir un juicio de valor, es decir, juzgamos….Frente a esta situación, ¿Qué es lo mejor?, ¿Cuál es la alternativa menos perjudicial?...



Otra característica de los valores es su jerarquía:

Los valores que intervienen en una situación problemática nos permiten definir los criterios que orientan nuestras decisiones. A medida que vamos analizando una situación nos damos cuenta de que hay valores que son más importantes que otros.

En un momento histórico de la comunidad y del individuo, privilegiamos un valor por encima de otro. Por ejemplo, puede tener más valor la honestidad de una persona que su aspecto exterior (valor estético). Es decir, hay valores superiores que priorizamos y valores inferiores que postergamos.

Por otro lado, cada individuo tiene su propia jerarquía, en base a sus propias convicciones y en relación al grupo de pertenencia. Por ejemplo: los adolescentes priviligian ciertos valores y los adultos otros.

El problema central que nos plantean los valores es: ¿Tienen valor las cosas que deseamos o deseamos esas cosas porque tienen valor?

Hablamos entonces de aquellos valores consensuados dentro

de una sociedad democrática, por ejemplo, la empatía,

la tolerancia y el respeto por el otro.

Los integrantes de los distintos grupos sociales establecen y comparten valores que regulan las formas apropiadas de conducta y las actitudes a asumir frente a situaciones o temas que ese conjunto evalúa como importantes.

Esta influencia social crea expectativa respecto de los comportamientos de cada uno frente a los demás.

Esto quiere decir que nuestros comportamientos no son sólo una elección individual sino que también parten de ciertas convenciones sociales a las cuales adherimos.

Una norma social indica una forma de actuar, de pensar, y hasta de sentir, reconocida por todos y entendida como adecuada.

Nuestro grupo de inclusión y referencia, por ejemplo, amigos y familiares, influyen y hasta determinan, aunque no explícitamente, los valores que ponemos en juego. Por eso es importante tomar conciencia de los valores que priorizamos y si las consecuencias de estas elecciones son las que esperamos para nosotros y nuestro entorno.



¿Cuál es la relación entre normas sociales y educación tributaria?

Las normas tributarias forman parte del conjunto de reglas que debe cumplir un individuo adulto en una cultura democrática.

La conciencia tributaria es un indicador del modo en que se ha desarrollado una moral ciudadana.

Es esperable que todo sujeto, al ejercer la ciudadanía, repruebe y actúe contra la evasión y que tenga una postura crítica y participativa frente a los requerimientos del Estado. Es decir, tome conciencia de que los efectos del incumplimiento son negativos para el conjunto de la sociedad.

Ahora bien, es importante reconocer también que aquel que tenga en su poder de decisión la utilización de recursos públicos y los utilice de manera inapropiada, también está provocando este mismo perjuicio colectivo.



¿Qué valores están en juego en el cumplimiento (o no) de las normas tributarias? ¿Cuáles son las consecuencias sociales

de nuestros actos individuales?



Existe la percepción generalizada de que los recursos públicos se utilizan, en gran medida, para cuestiones privadas. Al mismo tiempo que se desconoce la existencia de efectivos mecanismos de control ciudadano. Estas son algunas de las causas por las cuales se incumple con ciertas normas sociales, tales como cuidar lo público o pagar los impuestos.

La tributación afecta principalmente los intereses materiales, concretos y personales de cada individuo y constituye un espacio privilegiado para poder observar el grado de coherencia entre normas, valores y actitudes que se dan entre personas y grupos.



El constitucionalista Carlos Nino afirma en su libro “Un país al margen de la ley” que cuando los argentinos nos quejamos del país, nos debemos quejar de nosotros mismos, de nuestras cualidades individuales y colectivas. La indiferencia hacia la cosa pública se manifiesta en el incumplimiento de las normas de convivencia. En este sentido podemos encontrar ejemplos típicos a diario: despreciar el cuidado de las cosas y espacios comunes, no pedir facturas en los comercios, cruzar por el medio de la calle, destrozar los transportes públicos, etc.



Este autor reconoce una pluralidad de factores que inciden para ello, pero su tesis se centra en un determinado fenómeno social: la tendencia recurrente de la sociedad argentina a la anomia en general y a la ilegalidad en particular. Con otras palabras, a la inobservancia de normas jurídicas, sociales y morales.

Las normas obligan, imponen constricciones al deseo: no todo lo que deseamos y está en nuestras posibilidades realizar; es ética o jurídicamente aceptable. No obstante, la relación ética con las normas se guía por el principio de autonomía.

Por ejemplo, si la acción del pago de impuestos es motivada por un análisis racional de las cosas que nos dicta que es justo contribuir, esta elección obedece a un móvil de autonomía.

Si en cambio, el pago de los impuestos está fundado en la existencia de una ley según la cual el incumplimiento del pago será calificado de delito de evasión y severamente castigado, estamos en presencia de una motivación que está sometida a un poder que impide la libre elección y por lo tanto es heterónoma porque responde al temor de ser sancionado.

La evasión impositiva ha sido uno de los tantos problemas serios que sufrió la Argentina. Sus consecuencias han venido acentuando el debilitamiento del funcionamiento regulador del Estado.

Es de destacar que en los últimos tiempos, frente a los mismos problemas, la ciudadanía está intentando nuevas salidas que apuntan a otro tipo de participación pública, sobre todo en los temas que se refieren a la solidaridad en forma concreta. Sin embargo, aún estamos lejos de alcanzar el nivel de compromiso ciudadano deseable.



Necesitamos refundar entonces el compromiso con ciertos valores sociales que, si bien proclamamos como importantes, no siempre están presentes en nuestras decisiones colectivas y sociales: el derecho a la igualdad de oportunidades, el conocimiento como bien social, el respeto, promoción y defensa por los derechos humanos, entre otros.






jueves, 24 de marzo de 2011

EJERCICIO DE REPASO - ASIENTOS VARIOS

PRÁCTICA EMPRESARIAL - Trabajo de diagnóstico




Actividad:

Registrar las siguientes operaciones en el Libro Diario. Se aclara que todas corresponden a operaciones individuales no teniendo relación alguna un punto con otro.



1) Se depositan cheques de terceros en la cuenta corriente del Banco Nación Argentina POR $ 300,00.

2) Se abonan con cheque del Banco Nación Argentina los sueldos y jornales vencidos por $9.000.

3) Se rinde el Fondo fijo de la empresa. El mismo es de $ 600 y a momento de la rendición se encuentran $ 500 y vales de gastos varios por $ 100.

4) Saldo de la cuenta caja $4.800. Recuento de efectivo $2.300

5) De los Deudores por Ventas $ 1000 se han atrasado en sus pagos, mientras que a otros por $ 2.500 se le han iniciado acciones judiciales.

6) De los Deudores con los que la empresa posee acciones legales iniciadas, $ 1500 han declarado la quiebra. Saldo de la Previsión para Deudores Incobrables $1.200

7) Al finalizar el ejercicio económico la cuenta Mercaderías posee un saldo de $ 8.000 y la cuenta Compras $ 55.000. Determinar el CMV sabiendo que la existencia final de Mercaderías es de $ 6.500

8) Instalaciones $ 65.000. Rodados $ 155.000. Muebles y útiles $ 28.000. Inmuebles $ 255.000. Amortizar los inmuebles sabiendo que el valor de los terrenos incluido en el valor total es de $ 45.000

9) La empresa vende un rodado en $ 85.000. El mismo había sido adquirido en $ 150.000 hace tres ejercicios. Amortizaciones Acumuladas a la fecha $90.000. La operación se realiza 50% en efectivo y 50% en cheques.

10) El 1/6 se abonan con cheques de terceros los alquileres del trimestre iniciado el 1/5 por $2.000 por cada mes.

11) 30/6 La cuenta Intereses (+) a Devengar posee un saldo de $ 8.000 que corresponde al cuatrimestre iniciado el 1/6.

12) El 30/6 se recibe la factura del Teléfono por $850 por el servicio prestado el bimestre iniciado el 1/5. Vencimiento de la factura 10/7

13) Existen impuestos impagos por $ 600 por los cuales no se ha realizado ninguna registración.

TAREA:

A) Registrar las operaciones en el Libro Diario

B) Determinar para cada operación la variación patrimonial que corresponde a la misma

miércoles, 16 de marzo de 2011

CUESTIONES GENERALES SOBRE CONTABILIDAD

LA CONTABILIDAD es un sistema de información, que por medio de registros especiales nos muestra la situación Patrimonial, Económica y Financiera de una empresa a una fecha determinada.
Esa fecha determinada estará dada por el vencimiento del Ejercicio Económico.

De este modo, la contabilidad informa sobre:

a) El Patrimonio de la Empresa y la conformación de sus Activos y Pasivos (situación patrimonial)

b) El resultado al final del ejercicio de la empresa y su composición en Pérdidas y Ganancias (situación económica).
c) La solvencia de la empresa, el origen y la inversión de sus fondos (situación financiera)


CIRCUITO DE LA INFORMACIÓN CONTABLE

Ya vimos que la contabilidad informa sobre la situación Patrimonial, Económica y Financiera de una empresa.
Esta información se forma y varía de acuerdo a las distintas operaciones que realiza la empresa. Así obtenemos los dos extremos de un proceso, por un lado los hechos que generan la información y por el otro la Información.
Pero entre un extremo y el otro existen distintas instancias en las que se va organizando la información. El camino que recorre la información entre la operación y los Estados Contables, es denominado “Circuito de la información contable”.

Este circuito llevaría el siguiente orden:

OPERACIÓN (compras – ventas – pagos – cobranzas – devengamientos – etc.)
SUBDIARIOS
LIBRO DIARIO
MAYORES
BALANCE DE COMPROBACIÓN DE SUMAS Y SALDOS
INVENTARIOS
AJUSTES AL BALANCE
PLANILLA DE PRE BALANCE
ESTADOS CONTABLES

De este modo es que llega una simple operación económica realizada por la empresa a figurar en los ESTADOS CONTABLES.

lunes, 29 de noviembre de 2010

EJERCICIO INTEGRAL

Acá les dejo un ejercicio integral para que puedan practicar toda la materia, desde el comienzo al final. Cualquier duda envíenla como comentario a esta entrada.

Trabajo de Integración.



La empresa “La Integración S.A.” presenta los siguientes saldos a fecha de cierre del ejercicio (31/12/2004)



Caja 25.000
Alquileres Cobrados 7.000
Mercaderías 20.000
Deudores por Ventas 40.000
Proveedores 12.000
Banco Río cuenta corriente 8.000
Compras 31.000
Accionistas 3.000
Capital ¿??
Sueldos y Jornales 9.000
Marcas de Comercio 16.000
Amortización Acumulada Inmuebles 380
Previsión para Deudores Incobrables 2.000
Amortización Acumulada Rodados 2.400
Gastos Generales 6.000
Amortización acum. Marcas de Comercio 3.200
Impuestos a Pagar 4.000
Impuestos Pagados 4.000
Rodados 12.000
Amortización Rodados 2.400
Adelantos en cuenta corriente 2.000
Amortización Inmuebles 380
Previsión para despidos 1.000
Amortización Marcas de Comercio 3.200
Documentos a pagar 9.000
Gastos de Administración 2.500
Valores a Depositar 7.000
Reserva Legal 1.200
Títulos Públicos 11.000
Inmuebles 25.000
Ventas 80.000



Ajustes.

1. Arqueo de Caja $ 24.500,00
2. Existencia Final de Mercaderías $ 15.000,00
3. Existen Impuestos pendientes de pago por $500,00
4. Se calcula una previsión para Deudores Incobrables para el próximo ejercicio de $ 1.500,00
5. El 30% de los Documentos a Pagar se han abonado con cheque del Banco Río, operación que no ha sido contabilizada.


Otros Datos


• Únicamente el 15% de los Documentos a pagar será cancelado dentro de los 12 meses siguientes al cierre del ejercicio.
• El 25% de los Alquileres cobrados corresponden al ejercicio siguiente
• El importe correspondiente a cheques de terceros en poder de la empresa corresponden a 14 cheques de $500,00 cada uno. El vencimiento de los mismos es mensual y consecutivo y el primero de ellos posee fecha de 5/1/2005.



Tarea

• Registrar los asientos de ajuste en el libro diario.
• Confeccionar la planilla de pre balance
• Confeccionar los estados contables a la fecha de cierre
• Realizar el análisis e interpretación de los estados contables
• Enunciar dos propuestas de mejora para la sociedad bajo análisis.

viernes, 5 de noviembre de 2010

DATOS ADICIONALES IMPUESTO A LAS GANANCIAS

Les paso los datos que van a necesitar para la evaluación. Los mismos se encuentran actualizados.

DATOS ADICIONALES DEL IMPUESTO A LAS GANANCIAS (aquí)

DATOS ADICIONALES MONOTRIBUTO (aquí)